Un reciente cambio en la Ley de Salud Mental obliga a las farmacias a mantener de manera obligatoria y permanente un stock de seguridad de medicamentos psicofarmacéuticos equivalentes al 30% de la dispensación mensual. Esto se aplica a todas las oficinas farmacéuticas y las farmacias de los establecimientos de salud ya sean públicos o privados. José Enrique Silva, presidente de ADIFAN, comentó al respecto que “al exigir un stock de psicofármacos obligatorio a la empresa privada, se congela su capital de trabajo y eso afecta solo a las boticas y farmacias más pequeñas que cuentan con pocos recursos para manejar inventarios y que deberán reabastecerse permanentemente por el control del Estado; maniatándolas en su libre y justo manejo empresarial. Además que ese numero 30% debe ser un invento, como el pretender que los pobres subsidien obligaciones del Estado”. Con este tipo de limitaciones, explicó Silva, que solo se consolidaría monopsonios (monopolio del comprador) y por tanto se produce el efecto inverso a la intención de ampliar el acceso a los medicamentos para la población, “si realmente esa fue la intención original”, precisó.
Gestión 06-06-19, pág. 13.
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