“La calidad solo se demuestra midiendo parámetros objetivos, cualitativos o cuantitativos. Es decir, no son promesas, ni buenos deseos, sino el resultado de mediciones claras, trazables, sistematizadas, reproducibles, como el control de calidad de los medicamentos”, advirtió el presidente de la Asociación de Industrias Farmacéuticas Nacionales (Adifan), José Silva.
Añadió que este debe ser realizado de manera objetiva, directa y confiable, y que no puede reemplazarse por documentos (papeles) que no sean trazables ni auditables por la autoridad en la materia.
Para Adifan, una definición objetiva de calidad consiste en la medida en que un producto o servicio se ajusta a las especificaciones o requerimientos aplicados a una función deseada para la cual fue diseñado. Silva explicó, además, que de nada vale que sea ilegal conducir ebrio y que el conductor sea religioso o haya hecho votos de abstinencia.
Si se desea saber si excede los parámetros de alcohol establecidos por la ley “tiene que soplar” y punto, de nada valen los alegatos de ser de “buena familia”, o intachable en su conducta anterior. Si se quiere saber si se ha excedido en beber alcohol, la prueba de alcoholemia es inevitable. “De la misma manera: el control de calidad de los medicamentos se comprueba solo con pruebas objetivas, trazables y visibles para nuestras autoridades, en ello no debe haber privilegios para nadie.”
La Primera 13 de julio de 2013